José María Mollinedo, Secretario General de GESTHA, el sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda. La Agencia Estatal Tributaria (AEAT) envió unos requerimientos de información a bancos, operadores, exchanges y entidades de tarjetas de pago para que identificaran las operaciones en criptomonedas, y las personas que hubieran intervenido en ellas. Con esa información, la AEAT puede requerir la identificación de quienes intervienen en las operaciones. Así, puede reclamar las cantidades correspondientes en el IRPF o en el Impuesto sobre Sociedades por esas transmisiones, si no están declaradas. La doctrina administrativa de la Dirección General de Tributas considera la compraventa de monedas virtuales sujeta a IVA (no está sujeta a ITP, impuesto de transmisiones patrimoniales) y exenta d...