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“Los registradores de la propiedad no tememos la tecnología blockchain”

José María de Pablos O’Mullony, registradores de la propiedad

Entrevista a José María de Pablos O’Mullony, director del Servicio de sistemas de información de Registradores de España

Pregunta: ¿Tienen miedo de que la tecnología blockchain pueda desintermediar el trabajo de los registradores de la propiedad?

Respuesta: Los registradores de la propiedad no tememos la tecnología blockchain. El colegio de Registradores de España ha hecho una comisión de I+D+i con ocho registradores, que investigan la forma en que las tecnologías blockchain, de la Inteligencia Artificial y del procesamiento de lenguaje natural pueden aumentar la eficiencia a nuestra función.

De entrada, pensamos que la blockchain podría aumentar la seguridad electrónica, o mejorar la publicidad registral. Es una tecnología fundamental para garantizar la trazabilidad de procesos, un aspecto que podría sernos de mucha utilidad. Queremos estar en la ola del cambio tecnológico para hacer más cosas, o de distinta manera.

P: ¿Por qué han entrado en el consorcio Alastria?

R: El consorcio Alastria es algo más que un laboratorio de ideas sobre la tecnología blockchain, se contrasta la tecnología en sí. Es una iniciativa española que debe ser el germen de una industria de aplicación efectiva de la tecnología de registros distribuidos en España, está lleno de empresas interesadas por ella. Debemos reforzar nuestra industria con esta tecnología, ser capaces de encontrar casos de uso. Nosotros hemos entrado para aprender, y de forma comprometida. Tenemos uno de los nodos validadores de la red blockchain de Alastria porque asumimos una responsabilidad personal sobre lo que hacemos.

P: ¿Qué piensan de la tecnología de bloques?

R: Se podría decir que la inventamos los registradores, con la Ley Hipotecaria española de 1861 que introdujo el principio de tracto sucesivo. Los registradores inmatriculamos con detalle un bien para introducirlo en el Registro de la Propiedad o en el Mercantil (sociedades), que son públicos. Acreditamos cada cambio de propiedad en un tracto sucesivo, y si la cadena de propiedad queda rota es necesaria su reconstrucción. Así queda garantizada la cadena de titularidades. Cada titularidad se justifica por la anterior, y justificará a la siguiente, de forma correlativa.

P: Tras la inmatriculación realizada por ustedes ¿no podría sustituir la tecnología blockchain el posterior tracto?

R: Un sistema blockchain no puede garantizar la legalidad de cada cambio de titularidad. ¿Quién garantiza que las cosas se mantienen sin distorsión? No solo eso, los registradores garantizamos la seguridad de los menores o de los incapacitados, calificamos los documentos judiciales cuando hay una adjudicación hipotecaria. Nuestra labor para garantizar la seguridad jurídica es fundamental porque no nos limitamos a anotar en un libro, que es lo que hace blockchain. Realizamos una calificación jurídica de todos los documentos, el que ningún titular registral pueda ser desposeído de su finca si el registrador no ha comprobado que ha tenido capacidad para defenderse. Mil cosas. Hacemos una labor jurídica de más calado que el simple cambio de titular.

La función esencial de los registradores es controlar la legalidad de lo que entra en un registro, y eso puede ser igual de valido en una red blockchain. En una blockchain puede entrar cualquier cosa, desde la actividad de una ONG a la de una empresa del mercado negro.

P: ¿No hay forma de que la tecnología los desintermedie?

R: No. Los registradores apostamos por la tecnología para reforzar nuestra función, pero la tecnología es un medio, no un fin. Nuestra finalidad es dar seguridad jurídica a cosas tan dispares como los bienes, las transacciones o las herencias. Hacemos una calificación jurídica en profundidad para verificar su idoneidad. Estudiamos que cada documento sea legal, y nos hacemos responsables de lo que hacemos. Eso no lo hace la tecnología.

Un ejemplo. Las hipotecas son distintas entre bancos, y en cada banco hay distintos modelos. No todos los puntos del documento de una hipoteca quedan inscritos, los registradores quitamos cláusulas de una hipoteca si son abusivas.

P: ¿No vieron que las cláusulas suelo de las hipotecas eran abusivas?

R: Solo podemos eliminar las cláusulas abusivas declaradas como tales en sentencia judicial. Las cláusulas suelo no han sido declaradas abusivas en sí mismas, se ha declarado que podían incumplir los requisitos de transparencia e inteligibilidad necesarios para que vinculasen a los deudores, dada su redacción. Desde la Ley 1/2013, se exige una anotación manuscrita de los deudores donde aseguren que son conscientes de ellas, para que la hipoteca pueda registrarse. Quizás fuera bueno que se dejase mayor margen a los registradores para la calificación de estas cláusulas, dado que nuestras calificaciones negativas han provocado la doctrina sobre cláusulas hipotecarias que no acceden al registro, realizada por la Dirección General de los Registros y del Notariado

P: Entonces, no desaparecerán los registradores.

R: No se trata de eliminar a los registradores con blockchain, si no de utilizar la tecnología para aumentar la seguridad electrónica del sistema. La seguridad jurídica del sistema registral español es intachable, tiene uno de los estándares de seguridad mayores del mundo, y no hace falta la tecnología blockchain para aumentarla. Tardamos hasta 15 días en formalizar un procedimiento, cobramos en función del valor inscrito, y aportamos una garantía permanente.

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