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Hacienda informa la tributación NFT por primera vez

Hacienda informa la tributación NFT por primera vez

Aplaza la declaración de criptoactivos en el exterior

El Ministerio de Hacienda informa sobre la tributación NFT por primera vez, y lo hace en una respuesta a Blockchain Economía. La Dirección General de Tributos asemeja el tratamiento fiscal de los token no fungibles NFT (activos digitales únicos que usan blockchain) al de las criptomonedas. Los NFT son utilizados para invertir en arte o en coleccionables, es el grueso de un mercado mundial de casi 43.000 millones $ junto a otros token coleccionables. Mientras tanto, los técnicos de la Agencia Tributaria no saben informar al contribuyente. “No sé lo que es un NFT, y no me atrevo a informar”, responden. Los expertos piensan que la tributación NFT tardará en normalizarse, tal y como ha sucedido con la obligación a informar sobre tenencia de criptomonedas en el exterior. Dicha obligación fue aprobada por ley en julio de 2021, y se ha retrasado por la incapacidad de Hacienda para desarrollar el modelo en fecha.  

Un año en responder

El mercado NFT de arte ha superado al tradicional, pero es desconocido por Hacienda. La Agencia Tributaria deriva este tipo de preguntas al Ministerio de Hacienda y de la Función Pública. Blockchain Economía y expertos fiscales han realizado reiteradas consultas sobre NFT desde hace un año. La respuesat ha llegado hoy.

“La Dirección General de Tributos califica las criptomonedas y los criptoactivos como bienes inmateriales. En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), y al margen de una actividad económica, el intercambio de un criptoactivo por otro criptoactivo o por otro tipo de bien o servicio, se califica de permuta susceptible de generar una ganancia o pérdida patrimonial», informa el Ministerio de Hacienda. Añade que igual sucede con la venta de criptoactivos en moneda de curso legal. «Puede deducirse que el tratamiento fiscal de los NFTs sería semejante», concluye Hacienda.

La Dirección General de Tributos informa que ha respondido diversas consultas sobre la tributación de las criptomonedas en el Impuesto sobre el Patrimonio. «Señalan que las criptomonedas deben declararse a su valor de mercado a 31 de diciembre. Al igual que antes, la tributación sería semejante para estos criptoactivos (los NFT)«, indica el Ministerio de Hacienda. Remacha la evidencia de incluir los NFT en la declaración de Patrimonio, «sin que exista un supuesto de no sujeción o exención expreso».

IVA del NFT

Los expertos en fiscalidad aconsejan sobre la declaración de NFT de forma alineada con las recientes declaraciones de Hacienda. «El NFT es un activo más. El comprador particular deberá declarar su venta o intercambio en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales”, puntualiza Jesús Lorente Ariza, socio de Seiko Asesores. No todo queda ahí.

La tributación del profesional que hace el NFT genera dudas. Los  profesionales deben declarar sus ingresos en la declaración del IRPF, y en la del IVA. “¿Qué IVA se pone? Depende de donde tribute el comprador, y se compra en una dirección pública sin identificación del país de residencia. Llevo un año esperando la respuesta de Hacienda a esta duda, y me consta que no soy el único”, asegura Jesús Lorente, uno de los más reputados expertos en fiscalidad de criptomonedas. “Yo aconsejo poner el IVA español, después se podría corregir. Es mejor que pagar la multa por no declarar el IVA, que es de un 25 a un 50% de la cuantía del impuesto, además de pagar el impuesto”, añade Jesús Lorente.

El 720

Los fiscalistas temen que las dudas sobre la declaración NFT quede sin respuesta este año, como ha sucedido con la obligación de informar sobre criptomonedas en el exterior. Los residentes en España deben declarar los bienes y activos en el exterior en el Modelo 720. El año pasado se aprobó la regulación para incluir las criptomonedas en esa obligación, y el Ministerio de Hacienda preparaba el Modelo 721 para hacerlo. Es un tema seguido por el mundo cripto porque las multas eran muy cuantiosas, hasta la rebaja obligada por la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Este año tampoco habrá que declarar las criptomonedas en el exterior. El Ministerio no ha tenido tiempo de preparar el Modelo 721, a pesar de que la regulación se aprobó antes del pasado verano. El Plan Anual de Control Tributario y Aduanero para 2021 (publicado el pasado 31 de enero) ha retrasado la obligación de informar sobre las criptomonedas situadas en el extranjero. “Indica que en el ejercicio 2022 se desarrollarán reglamentariamente las nuevas obligaciones de información sobre monedas virtuales (introducidas por la Ley 11/2021, de 9 de julio). En consecuencia, se aprobarán las Órdenes Ministeriales correspondientes antes del inicio de la campaña de declaración fiscal de 2022”, explica José Antonio Bravo, responsable Fiscalidad de Criptoactivos en Àgora.

Exchanges

El mismo plan también contempla “el desarrollo reglamentario para la obligación de información de los proveedores de servicios de cambio de monedas virtuales y de servicios de custodia de monederos electrónicos radicados en España. Se desarrollarán modelos correspondientes a la declaración de saldos y a las transferencias de compra venta de criptomonedas”, recuerda Bravo. También está pendiente del desarrollo normativo.

Recientemente, la Agencia Tributaria remachó la información publicada en el BOE (Boletín Oficial del Estado) con un aviso específico. “En el modelo 720 no se informa de monedas virtuales. La declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero no es exigible respecto al ejercicio 2021”.

Criptos IRPF

La tributación de las criptomonedas escala posiciones. Las monedas virtuales (como las denomina la Administración) se declaraban en el IRPF (Impuesto de la Renta de las Personas Físicas) dentro del apartado genérico de demás bienes y derechos de contenido económico. Las criptomonedas estrenan casilla propia en la campaña de este año (empieza el próximo seis de abril).

Los saldos en monedas virtuales se declaran en el apartado Q de Bienes y Derechos del modelo de IRPF de la declaración de 2021. “Hay que realizar una declaración por cada moneda con su valor a 31 de diciembre”, indica Lorente.   

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