Colegio Registradores de España en la II Jornada Blockchain Economía #BckE20
Los más de 1.000 registros de la propiedad y mercantiles de España están digitalizados, y sus trámites son accesibles telemáticamente y desde una App. El servicio de Sistemas de Información de Colegio Registradores de España trabaja para incorporar las últimas tecnologías, también blockchain. Los registradores han encontrado la fórmula para tokenizar (digitalizar) activos inmobiliarios y mobiliarios con respaldo legal, y se ofrecieron a las plataformas de tokenización de activos para hacerlo en las II Jornada Blockchain Economía.
¿Tienen efecto legal las transacciones de bienes realizadas a través de las plataformas de tokenización (digitalización) de activos en España? Los registradores aseguran que no. “El Estado español delega una parte de su potestas a instituciones, como jueces o registradores, para controlar parte de las relaciones jurídicas. Los registradores hacemos una calificación jurídica de los documentos para que ningún titular pueda ser desposeído de su bien si no hemos comprobado que ha tenido capacidad para defenderse. Esta seguridad jurídica no la dan los sistemas de seguridad electrónica, como blockchain”, afirma José María de Pablos O’Mullony, director del servicio de Sistemas de Información de Registradores de España.
De Pablos O,Mullony defiende blockchain como una herramienta complementaria a su actividad para dar seguridad en las transacciones electrónicas, e investiga vías para incorporarla. Recuerda que es más necesaria en países “como Estados Unidos, sin un sistema registral que garantice la propiedad de un bien. Al contrario, el Registro de la Propiedad español es un sistema de derecho y fe pública. Blockchain puede ayudar a realizar cosas con mayor eficiencia, y prestar nuevos servicios a la sociedad”.
Tokenización
¿Donde quedan las plataformas de tokenización de activos inmobiliarios o físicos? El token representa digitalmente un determinado activo físico o inmobiliario, que podrá circular o venderse en una plataforma DLT/blockchain. “El activo físico y el token deben estar vinculados jurídicamente con plena seguridad y transparencia. Esa tokenización debería hacerse constar en el Registro de la Propiedad. Quien compre el token podrán consultar que el emisor es realmente el dueño, y que el bien está libre de cargas”, explica Jesús Sieira, registrador de la propiedad, y miembro de la comisión de Innovación y Tecnología de Registradores de España.
Sieira recordó problemas tenidos por operadores jurídicos para realizar con seguridad un proceso de tokenización de activos inmobiliarios. “El token es la representación digital de un derecho, pero no incorpora el derecho. Los tokens no son títulos valores que lleven incorporado el derecho de propiedad del activo inmobiliario”, aclaró Jimena Campuzano, registradora de la propiedad y miembro de la comisión de Innovación y Tecnología de Registradores de España.
La forma digital deberá ser compatible con las formas no digitales de transmisión de bienes. “Si el titular del derecho real decide transmitir su derecho en forma digital, deberá inscribirlo en el Registro para que el nuevo propietario sea considerado a todos los efectos”, añadió Jimena Campuzano.
¿Sería necesario un cambio legal para transmitir inmuebles solo por blockchain? Los registradores lo aclaran en el video. También respondieron dudas sobre la tokenización de deudas. Es imprescindible verlo. “Podemos asesorar a las plataformas para tokenizar inmuebles con seguridad jurídica”, se ofrecieron.