Reforma la Ley del Mercado de Valores tras la petición del regulador bursátil CNMV
El regulador bursátil CNMV desarrollará una circular para vigilar la publicidad de criptoactivos, con sanciones. El Consejo de Ministros del 12 de marzo ha reformado la Ley del Mercado de Valores para hacerla. El BOE del sábado recogió el cambio. La publicidad masiva para invertir en bitcoin, realizada por el exchange Bit2Me ha acelerado la regulación. Bruselas regula los criptoactivos con la propuesta MICA, tardará unos años dada la complejidad. Los expertos temen que la celeridad española meta en el mismo saco todos los criptoactivos, y penalice la innovación en este campo.
“Se establecen los mecanismos necesarios para que la Comisión Nacional del Mercado de Valores pueda regular la publicidad de criptoactivos u otros activos o instrumentos presentados como activos de inversión que en la actualidad se encuentran fuera del perímetro de la regulación financiera”. Es la referencia del Consejo de Ministros. Da luz verde a la reciente petición de Rodrigo Buenaventura, presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores para intervenir la publicidad del bitcoin.
BOE
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó al día siguiente el cambio por la vía de urgencia. Lo incluye en el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19. “La disposición final segunda refuerza el marco legal de protección de los ciudadanos e inversores en lo relativo a la publicidad de nuevos instrumentos y activos financieros en el ámbito digital”, indica.
Define a los criptoactivos. Son “representaciones digitales de valor o derechos que pueden transferirse y almacenarse electrónicamente, mediante la tecnología de registros distribuidos u otra similar”. Indica que carecen de un “marco regulatorio específico apropiado a nivel europeo”.
Afirma que “presentan algunos riesgos. Permiten la realización de operaciones de forma anónima lo que facilita su uso para fines ilegales. En segundo lugar, la adecuada custodia de las claves asociadas a los criptoactivos de los clientes resulta crucial para la prestación de servicios sobre estos activos y para la protección de los clientes. En tercer lugar, se están ofreciendo cada vez más frecuentemente como objeto de inversión, tanto a inversores especializados como al público en general”.
Recuerda que la CNMV y el Banco de España publicaron el pasado mes de febrero un comunicado conjunto. El comunicado alertaba de “los riesgos que este nuevo tipo de activos suponen para los participantes del sistema financiero y, muy en particular, para los pequeños inversores. El comunicado incide en la complejidad, la volatilidad y la potencial falta de liquidez de estas inversiones”.
Multas
Con este conjunto de justificaciones, la norma da el cambio. Incluye «un nuevo artículo 240 bis en el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, para otorgar a la CNMV competencias con el fin de sujetar a control administrativo la publicidad de criptoactivos y otros activos e instrumentos, que no se regulan en la Ley del Mercado de Valores y que se ofrecen como propuesta de inversión. También se habilita a la CNMV a desarrollar mediante Circular el ámbito objetivo y subjetivo, así como los mecanismos y procedimientos de control que se aplicarán”.
La norma incluye la redacción del Artículo 240 bis para dar plenos poderes a CNMV. “La CNMV podrá someter a autorización u otras modalidades de control administrativo, incluida la introducción de advertencias sobre riesgos y características, la publicidad de criptoactivos u otros activos e instrumentos presentados como objeto de inversión, con una difusión publicitaria comparable, aunque no se trate de actividades o productos previstos en esta Ley. La CNMV desarrollará mediante circular, entre otras cuestiones, el ámbito subjetivo y objetivo y las modalidades concretas de control a las que quedarán sujetas dichas actividades publicitarias”. Modifica el apartado cuarto del artículo 292 para imponer multas a la infracción del artículo 240 y 240 bis o de sus normas de desarrollo.
MICA
La CNMV redactará la circular del cambio, y la deberá sacar a consulta antes de publicarla, como es habitual. Su realización será como hacer encajes de bolillos. Será complejo realizarla sin una normativa global que determine los diferentes tipos de tokens. El Parlamento y el Consejo europeos debaten la propuesta de regular los Criptoactivos para hacer un mercado único de estos productos. Es la conocida propuesta MICA, pata fundamental de la Estrategia de Finanzas Digitales para la Unión Europea de Úrsula Von der Layen. La complejidad de los criptoactivos dilatará la publicación de MICA.
La regulación de la publicidad en criptoactivo ha levantado polémica. El paso dado por el Gobierno español ha recibido bendiciones y críticas. Se bendice la regulación de los criptoactivos como el resto de los productos de inversión. Se critica una celeridad que puede acabar con la innovación de estos productos en España. Expertos del sector temen que se meta a todos los criptoactivos en el mismo saco hasta que se publique MICA.