Moisés Menéndez, cofundador de ioBuilders, Consejero del Observatorio Fintech-Legaltech de ICADE-Everis, Socio de Everis Initiatives
El Ministerio de Trabajo plantea medidas para generalizar la obligación de “fichar” a todos los trabajadores, en el último borrador de la reforma del Estatuto de los Trabajadores. El control de la jornada de trabajo está regulado en nuestra legislación laboral. Lo novedoso es que la extiende a todas las empresas y empresarios con independencia de su condición y tamaño. No es objeto de estos breves comentarios valorar el alcance y novedad de la medida, sino referirnos al impacto que podría tener la tecnología blockchain en las mismas.
La obligación de instalar en las empresas mecanismos para registrar la jornada de todos los trabajadores, podría suponer la aparición de los primeros sistemas de registros descentralizados blockchain, apoyados incluso en blockchain públicas. El modelo de datos de registro es relativamente simple.
Es muy fácil imaginar una aplicación tipo sencilla, y generalizable incluso entre pymes y trabajadores autónomos. Podría ser una app en un teléfono móvil o accesible desde cualquier navegador que permitiera generar un registro en el inicio y la finalización del tiempo de trabajo. También podría capturar la información sobre diferentes actividades del trabajador, para entender cuando la jornada se interrumpe o se extiende (contestando correos o comunicaciones fuera de la jornada, ausentándose del puesto o dedicándose a actividades personales en el tiempo de trabajo).
Registrar los datos del trabajador
¿Qué añadiría el blockchain a esta aplicación? Simplemente una base de datos, barata y eficiente, que simplificaría el desarrollo y arquitectura de estas aplicaciones, que se convertiría en la fuente de la verdad. Una simple aplicación podría capturar, por ejemplo, la información sobre inicio o finalización del tiempo de trabajo con un código QR, o con el uso de la biometría del trabajador. De manera completamente privada y “anomizada” (de los datos de la blockchain no se puede identificar a la persona) se registrarían estos datos. El carácter inmutable e incensurable de esa información tendría una fuerza probatoria prácticamente inoponible. Simplemente, sería “una verdad”.
Si ya estuviéramos en una “época blockchain”, el Ministerio de Trabajo liberaría un Smart Contract de registro, completamente estandarizado. Cualquier aplicación dedicada al control del tiempo y jornada de trabajo podría generar el correspondiente registro utilizando ese Smart Contract. Tendríamos un registro que actuaría como tercero de confianza de sellado de tiempo, y podría servir para determinar la dedicación a cualquier actividad laboral o profesional. Sus aplicaciones podrían ir creciendo y sofisticándose, al disponer de un elemento simple y sencillo que nos “llevaría la cuenta” del tiempo dedicado a laborales profesionales.
Uberizar la inspección de trabajo
El inspector de trabajo tendría una enorme ayuda en este “soporte auxiliar” de los libros de la empresa. Con un sistema bien construido, se rebajaría el número de irregularidades, y el trabajo del inspector se limitaría a la revisión del uso de esas aplicaciones. Se automatizará la función del actual inspector de trabajo, que se reconvertiría en inspector de las nuevas tecnologías… de ahí su “uberización”.
Estamos a punto de entrar en esa época blockchain que lo hará posible (ya podría hacerse la prueba de concepto). El cambio haría innecesarios los “libros” a disposición de la Inspección de Trabajo. Además, se abriría un debate sobre el potencial del control que esta tecnología da a las autoridades, y el uso del nuevo poder.
Es posible pensar en una tecnología de registro, barata, generalizable, inmutable e incensurable para la gestión y control del tiempo ideal, para esta pretensión del Gobierno. Seguro que alguien está en eso.